Arrabe Asesores asegura que las empresas españolas “podrían evitar el 80% de los despidos masivos”
Entre las alternativas figura el ERE temporal de reducción de jornada, la reducción de los salarios que excedan los mínimos del convenio o el descuelgue del convenio.
F. L. P. I flobo@mercados21.es I 17.10.2012
El despacho de asesoramiento empresarial Arrabe Asesores ha asegurado que las empresas españolas “podrían evitar el 80% de los despidos masivos y ahorrar costes” si utilizasen correctamente los mecanismos creados por la Reforma Laboral, cuya última consecuencia ha sido el aumento en un 72% del número de expedientes de regulación de empleo (ERE’s) entre febrero y mayo de 2012 y el mismo periodo del mes anterior, según datos del Boletín de Estadísticas Laborales del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
A la vista de estos datos, el socio director general de Arrabe Asesores, Miguel Ángel Ferrer, ha indicado que existen “fórmulas alternativas” de ahorro de costes para las empresas distintas al despido, que sirven para retener el talento y mantener a los trabajadores cuando se recupere la actividad, según informa en nota de prensa.
“Muchas empresas, por la coyuntura actual, recurren a drásticas reducciones de plantilla, pero olvidan otras opciones que les permitirían mantener al máximo posible de trabajadores. No se dan cuenta de que si prescinden de sus mejores empleados por una situación de crisis, cuando recuperen actividad tendrán que volver a contratar nuevas personas e invertir mucho más dinero en su formación”, ha asegurado Ferrer.
A este respecto, ha añadido que la Reforma Laboral facilita herramientas para optar por otras posibilidades mejores para las empresas y los trabajadores como el ERE temporal de reducción de jornada. “Esta medida combina los intereses de la compañía, que reduce costes, y los del trabajador, que no sufre merma en sus bases de cotización de cara a prestaciones futuras. Además, la reducción en la cantidad neta a cobrar se compensa con la parte que aporta el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) a través de la prestación por desempleo parcial”.
De hecho, la actual legislación prevé la posibilidad de tramitar un ERE temporal de reducción de jornada, que se puede aplicar con independencia del número de trabajadores afectados, donde se permite acortar el horario laboral entre un mínimo del 10% y un máximo del 70%, con la consiguiente disminución de salario, aunque no le afecta al trabajador en la misma proporción.
No obstante, también existen otras medidas distintas al ERE contempladas en la Reforma Laboral como las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, siempre que se den las mismas causas económicas, organizativas o de producción, como son la reducción de jornada, la reducción de los salarios que excedan los mínimos del convenio o el descuelgue del convenio, es decir, establecer un acuerdo o convenio colectivo de empresa con tablas salariales y demás conceptos distintos de los del convenio de referencia del sector.



