Nuevo acuerdo para mejorar la fiscalización del sector público local andaluz

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El Tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas han firmado una adenda que amplía el convenio suscrito en 2015, y por la que ambas Instituciones establecen nuevas medidas de coordinación para la remisión de información y para el control de las entidades públicas del ámbito local de Andalucía.

Con este acuerdo ambas instituciones refuerzan y amplían su colaboración en la rendición de cuentas y en la remisión de otra información obligatoria por parte de las entidades locales, estableciendo nuevas medidas de coordinación en el ejercicio de la actividad fiscalizadora del sector público local, según han informado a través de un comunicado.

A través del convenio suscrito en 2015, la Cámara de Cuentas andaluza se incorporaba a la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales (www.rendiciondecuentas.es), así como al modelo de colaboración que, en el ámbito local, se establece entre el Tribunal de Cuentas y la gran mayoría de los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas (OCEx) relativo a la rendición de las cuentas generales y a la remisión de las relaciones de contratos de las entidades locales.

De modo que la presentación de esta información por parte de las entidades locales de Andalucía, a través de las correspondientes aplicaciones informáticas ubicadas en la Plataforma, se considera que produce el cumplimiento de tales obligaciones ante ambas Instituciones.

Tras la firma de esta adenda, la colaboración que ambas Instituciones venían manteniendo en el área de la fiscalización del sector público local, “adquiere mayor dimensión”, sostienen los órganos fiscalizadores. A partir de ahora, las entidades locales de la comunidad autónoma andaluza presentarán a través de la Plataforma los extractos de expedientes de los contratos que formalicen, los convenios que celebren, produciendo efectos tanto frente al Tribunal de Cuentas como frente a la Cámara de Cuentas.

Así se da cumplimiento en lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De este modo, la Plataforma de Rendición de Cuentas se constituye en una herramienta única para el cumplimiento de tales obligaciones legales por las mencionadas entidades locales, estableciéndose para ello un procedimiento común y compartiéndose por ambas Instituciones la información recibida, “lo que repercutirá muy favorablemente en la eficiencia de sus actuaciones y facilitará la identificación de áreas de riesgo y la selección de muestras para su fiscalización”, subrayan. También, contribuirá a la simplificación del cumplimiento de sus obligaciones por las entidades locales, al homogeneizarse los contenidos de la información y los procedimientos de envío.

Una firma que se enmarca en el conjunto de actuaciones encaminadas a fomentar la coordinación y la colaboración entre las Instituciones fiscalizadoras y que, “sin duda, contribuyen a promover un ejercicio más eficiente de las funciones que tienen encomendadas, potencian el enriquecimiento recíproco y favorecen la maximización de los resultados del control a nivel global”, remarcan ambas instituciones.

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